Miami, 14 de mayo de 2020 – Los parlamentarios uruguayos deben rechazar una disposición que establecería sanciones penales por insultar a los funcionarios policiales, y deben garantizar que las leyes no violen la libertad de expresión, declaró hoy el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés).
El 23 de abril, el nuevo presidente uruguayo Luis Lacalle Pou y los parlamentarios de su Partido Nacional presentaron ante el Parlamento nacional un proyecto de Ley de Urgente Consideración, un paquete legislativo que se introduce al asumir un nuevo Gobierno y que se somete a un debate abreviado, según versiones noticiosas.
El Artículo 11 de ese proyecto de ley establece sanciones penales para todo aquel que “menosprecie”, “agravie”, “menoscabe” o “insulte” a un funcionario policial, y dispone una pena de 3 a 12 meses de prisión para la persona que resulte condenada por este delito, según el texto del proyecto.
La Constitución uruguaya dispone que el proyecto de ley quedará aprobado automáticamente si no se ha rechazado o sustituido después de un debate abreviado de un máximo de 90 días en la Legislatura. La coalición gobernante encabezada por el Partido Nacional cuenta con mayoría legislativa en ambas cámaras del Parlamento, según informaciones de prensa.
“La disposición que establece sanciones penales por ofender a los funcionarios policiales y que figura en el proyecto de Ley de Urgente Consideración, no es congruente con el derecho a la libertad de expresión, y pudiera tener un efecto inhibidor sobre los periodistas que cubren los actos de la Policía”, declaró Natalie Southwick, coordinadora del Programa de Centroamérica y Sudamérica del CPJ, desde Nueva York. “La Legislatura uruguaya debe rechazar el Artículo 11 de la Ley de Urgente Consideración y reforzar la posición de Uruguay como una democracia sólida y madura que constantemente respeta las normas de libertad de prensa en la región”.
El Artículo 11 modificaría el Artículo 173 del Código Penal de Uruguay, el cual establece sanciones penales para las violaciones que menoscaban la autoridad de los funcionarios públicos, y añade en específico las violaciones contra los funcionarios policiales. El nuevo artículo plantea que una persona que manifieste una “mera discrepancia” con la Policía no sería castigado, pero no define lo que esto significa ni aclara cómo los funcionarios policiales podrían distinguir entre una “discrepancia” y las violaciones más graves sancionadas penalmente en virtud del artículo.
El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública, una organización local defensora de la libertad de expresión, y Edison Lanza, relator especial para la libertad de expresión de la Organización de los Estados Americanos, instaron a eliminar el Artículo 11 del proyecto de ley.
Como respuesta a un anteproyecto de Ley de Urgente Consideración que había circulado en enero, el CPJ había expresado su preocupación por una disposición que establecía el llamado “derecho al olvido”. La disposición fue eliminada del anteproyecto que se presentó ante el Parlamento, según informaciones de prensa.
El CPJ envió un correo electrónico al Parlamento uruguayo y al Partido Nacional para obtener una declaración, pero no recibió respuesta.