Nueva York, 15 de noviembre de 2016–Un juez ecuatoriano aprobó anoche una orden de arresto dirigida contra el periodista Fernando Villavicencio por la comisión del presunto delito de distribuir correos electrónicos enviados por funcionarios públicos, según el abogado del periodista. El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) instó hoy a las autoridades a revocar la orden.
Las acusaciones se relacionan con un artículo publicado en octubre de 2013 que Villavicencio escribió junto con su colega la periodista Belén Palma para el sitio noticioso ecuatoriano Plan V, artículo que criticaba el conflicto jurídico del gobierno con la empresa estadounidense Chevron. Alexandra Jaramillo, directora de Comunicación de la Fiscalía, declaró al CPJ que el artículo contenía información confidencial y fragmentos de correos electrónicos enviados por el fiscal general al presidente.
La publicación de una comunicación privada está tipificada como delito en virtud del Artículo 178 del nuevo código penal ecuatoriano, adoptado en 2014, y del Artículo 202 del código penal anterior. La ley incluye una defensa para la información pública pero no define con claridad lo que ello abarca. Ramiro García, abogado de Villavicencio, declaró al CPJ que el artículo fue publicado en nombre del interés público.
Jaramillo declaró que se había solicitado una orden de detención preventiva contra Villavicencio porque él había huido en dos ocasiones anteriormente cuando se le habían imputado cargos, entre ellos una denuncia penal por difamación interpuesta en 2012 por el presidente Rafael Correa.
Villavicencio, en la actualidad director del sitio noticioso Focus Ecuador, se desempeñó anteriormente como ayudante del exasambleísta Clever Jimenéz, quien fue mencionado en el artículo sobre Chevron. Jimenéz es acusado del delito de divulgar información protegida en envíos de correos electrónicos y en entrevistas televisivas. La otra autora del artículo de Plan V, Palma, no ha sido acusada. De ser condenado, Villavicencio pudiera ser sentenciado a una pena de hasta tres años de cárcel.
“Si envían a Fernando Villavicencio a la cárcel, estaría preso sin juicio en virtud de acusaciones que violan los estándares internacionales en materia de libertad de expresión”, declaró Carlos Lauría, coordinador sénior del programa de las Américas del CPJ. “La Fiscalía debe retirar todas las acusaciones contra él de inmediato”.
El proceso contra Villavicencio comenzó en 2013 cuando las autoridades allanaron la vivienda del periodista y la de Jimenéz, y retiraron computadoras y documentos relacionados con investigaciones de actos de corrupción, según Focus Ecuador.
La esposa de Villavicencio, Verónica Sarauz, había declarado al CPJ que el proceso seguía abierto en mayo de 2016, cuando Plan V publicó un artículo de Villavicencio que denunciaba actos de corrupción en la empresa petrolera estatal. El 11 de junio, Correa instó a la Fiscalía a procesar rápidamente a Villavicencio y a Jimenéz, según un artículo en el periódico estatal El Telégrafo.
Organizaciones de libertad de prensa y familiares de Villavicencio, quien recientemente anunció su decisión de postularse como candidato opositor a la Asamblea Nacional, sostienen que las acusaciones demuestran un enjuiciamiento con motivación política. “Hay deseos de acallar a Fernando como parte de una estrategia gubernamental para evitar que aparezcan nuevas denuncias de corrupción, además de impedir que Fernando participe en las próximas elecciones como asambleísta”, declaró su esposa, Sarauz.
El enjuiciamiento de periodistas por publicar información filtrada o confidencial viola estándares internacionales en materia de libertad de expresión, según una declaración conjunta emitida en 2010 por la Organización de los Estados Americanos y las Naciones Unidas. El relator especial para la libertad de opinión y expresión de las Naciones Unidas y la relatora especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declararon que “los periodistas, integrantes de medios de comunicación o miembros de la sociedad civil que tengan acceso y difundan información reservada por considerarla de interés público, no deben ser sometidos a sanciones por violación del deber de reserva, a menos que hubiesen cometido fraude u otro delito para obtenerla”.