Nueva York, 21 de julio de 2011–Un editor y tres ejecutivos del diario ecuatoriano El Universo fueron sentenciados el miércoles a tres años de prisión y $40 millones de dólares en multas por difamar al Presidente Rafael Correa, según informes de la prensa local. El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) condenó hoy la sentencia e instó a las autoridades ecuatorianas a adecuar la ley de prensa de Ecuador con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.
En marzo, Correa presentó una demanda por injurias calumniosas contra Carlos Pérez Barriga, César Pérez Barriga y Nicolás Pérez Barriga, los ejecutivos (que son hermanos) del periódico de Guayaquil, y también contra el editor de opinión Emilio Palacio, solicitó una sentencia de tres años de cárcel para cada uno y $ 80 millones de dólares en daños y perjuicios del diario y de su personal. La denuncia surgió a partir de una columna del Palacio del 6 de febrero titulada “NO a las mentiras“, en la que se refiere a Correa en forma reiterada como “el dictador”. En relación a una rebelión de la policía en septiembre pasado en la que tres personas murieron, Palacio alegó que Correa había ordenado a las tropas a disparar a voluntad “sin previo aviso contra un hospital lleno de civiles y gente inocente”, e insinuó que estas acciones podían constituir crímenes de lesa humanidad. Correa se refugió dentro del hospital después de ser físicamente acosado por los manifestantes y tuvo que ser rescatado por militares ecuatorianos.
Poco antes del juicio, Palacio renunció como editor del diario y escribió que esperaba tal decisión llevaría a Correa a retirar la demanda, según informó la prensa local. El martes, cuando comenzó el juicio, los directores del diario presentaron una carta indicando que El Universo publicaría una rectificación, siempre y cuando el presidente preparara el borrador de la misiva. Correa rechazó la idea, señaló la prensa.
A poco más de 24 horas del comienzo del juicio, el juez dictó una decisión que estableció penas de tres años de cárcel para los cuatro y multas para ellos por un total de 30 millones de dólares, con una multa adicional de 10 millones para El Universo en concepto de daños. El diario afirmó que los cuatro apelarán y solicitarán que la sentencia sea anulada. Correa también apelará la decisión, según informó la prensa, buscando el total de 80 millones en daños que reclamó en la demanda inicial, a pesar de indicar que el dinero no será percibido por él.
“Nos alarma que un presidente elegido democráticamente deba recurrir a leyes tan anticuadas para silenciar a la prensa que lo critica”, afirmó el coordinador senior del programa de las Américas del CPJ Carlos Lauría. “En lugar de utilizar estas leyes, Ecuador debería eliminarlas. Instamos al tribunal de apelación a revocar este fallo”.
La investigación del CPJ muestra que las anticuadas disposiciones penales sobre difamación en Ecuador han sido utilizadas sistemáticamente para castigar a periodistas críticos. Correa ha también presentado una demanda de difamación civil de 10 millones de dólares contra los periodistas investigativos Juan Carlos Calderón y Christian Zurita, autores de un libro llamado “Gran Hermano” sobre corrupción oficial. En mayo, un periodista de una radio provincial, Walter Vite Benítez, fue condenado a un año de prisión por difamación penal tras una acusación por un comentario crítico efectuado tres años atrás contra un alcalde local.
La legislación ecuatoriana también contradice el consenso emergente en América Latina que considera a las leyes civiles como la solución adecuada para resolver casos por supuesta difamación. En diciembre de 2009, la Corte Suprema de Costa Rica eliminó la prisión como condena para casos de difamación. Un mes antes, en noviembre de 2009, el congreso argentino derogó la difamación incluida en el código penal. Y en abril de 2009, el Tribunal Supremo Federal de Brasil anuló la Ley de Prensa de 1967, una medida que aplicaba penas graves por injuria y calumnias.
Existe un cuerpo creciente de opiniones jurídicas internacionales en el sentido que los funcionarios públicos no deben ser resguardados del escrutinio público. En 1994, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló: “En efecto, si se consideran las consecuencias de las sanciones penales y el efecto inevitablemente inhibidor que tienen para la libertad de expresión, la penalización de cualquier tipo de expresión sólo puede aplicarse en circunstancias excepcionales en las que exista una amenaza evidente y directa de violencia anárquica.”