Su Excelencia:
El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) está alarmado por varios acontecimientos en el ámbito legal que restringen la libertad de prensa en Venezuela.
El 2 de diciembre, la mayoría del partido de gobierno en la Asamblea Nacional aprobó un proyecto de ley que incrementa las sanciones por el delito de la difamación. Las reformas aprobadas a más de 30 artículos del Código Penal amplían las categorías de funcionarios gubernamentales protegidos por las normas de desacato, que penalizan expresiones ofensivas dirigidas a funcionarios públicos e instituciones del Estado. Además, las reformas aumentan de modo drástico las sanciones penales para la difamación y la injuria. En adelante, a las personas condenadas por difamación e injuria no se les podrá aplicar medidas alternativas de ejecución de la pena ni libertad condicional sino hasta que hayan cumplido la cuarta parte de la pena de prisión impuesta y hayan pagado la multa correspondiente.
El CPJ considera que tales reformas buscan suprimir la crítica y fueron aprobadas precipitadamente y sin un debate adecuado. Asimismo, las reformas desconocen otras iniciativas para actualizar el Código Penal —entre ellas un proyecto de ley redactado por magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y otro proyecto elaborado por una comisión parlamentaria mixta— que se tramitan en la Asamblea Nacional. Se esperaba que el bloque parlamentario oficialista aprobara formalmente las reformas ayer, 14 de diciembre, pero la sanción definitiva se pospuso para el inicio del próximo período legislativo en enero del 2005.
El CPJ también está perturbado por la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, aprobada el 7 de diciembre en la Asamblea Nacional, promulgada inmediatamente por Su Excelencia, y vigente desde el 9 de diciembre. La polémica ley, redactada por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), fue sometida a la consideración del legislativo en enero del 2003 a pedido de legisladores oficialistas. Si bien su gobierno ha reiterado que la ley es necesaria para “establecer la responsabilidad social” de los medios audiovisuales, consideramos que el lenguaje impreciso de la ley pudiera ser utilizado para silenciar a los medios privados e imponer la censura.
Aunque los legisladores eliminaron algunas de las disposiciones más onerosas en el 2003, la ley aún contiene restricciones en términos vagos que pudieran afectar el derecho a la libertad de expresión y es excesivamente punitiva. Por ejemplo, en virtud del Artículo 29 los prestadores de servicios de radio y televisión que difundan mensajes que “promuevan, hagan apología o inciten a alteraciones del orden público” o “sean contrarios a la seguridad de la Nación” pueden ser suspendidos hasta por 72 horas continuas. Si un medio reincide en estas infracciones en los cinco años siguientes, se le podrá revocar la concesión de frecuencia hasta por cinco años.
Por otra parte, el Artículo 7 de la ley permite la transmisión de “descripciones gráficas o imágenes de violencia real” entre las 5 de la mañana y las 11 de la noche solamente si se trata de mensajes difundidos en vivo y directo y si ello es “indispensable” para la comprensión de la información o consecuencia de situaciones imprevistas. Ya ha trascendido que los canales de televisión locales se han abstenido de mostrar imágenes de los violentos disturbios ocurridos la semana pasada en Caracas, por temor a infringir la ley.
Vistas en conjunto, estas iniciativas legislativas tienen el potencial de crear un ambiente en el que el temor a represalias del gobierno puede provocar la autocensura. Si bien los medios venezolanos hasta ahora han podido ejercer ampliamente la crítica al gobierno, las nuevas iniciativas incrementan las sanciones penales para este tipo de cobertura informativa. También creemos que las reformas penales son incompatibles con normas ampliamente aceptadas en materia de libertad de expresión, incluyendo recientes opiniones jurídicas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que indican claramente que las sanciones penales aplicadas a la difamación son una restricción innecesaria a la libertad de expresión y deben ser abolidas.
Lo exhortamos a apoyar la derogación de las normas penales relativas a la difamación y el desacato. En cuanto a la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, lo instamos a que considere respaldar nuevas iniciativas legislativas que permitan mantener el amplio debate que ha caracterizado a la prensa venezolana hasta el momento.
Le agradecemos la atención dispensada a este asunto.
Sinceramente,
Ann Cooper
Directora Ejecutiva