Periodistas, defensores de libertad de expresión y de prensa se reunieron en Nueva York el 10 de septiembre del 2004 para dar la bienvenida a la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Mauricio Herrera Ulloa, así como también al voto concurrente del Presidente de la corte García Ramírez. La decisión y el voto concurrente plantean importantes cuestionamientos acerca de la compatibilidad de las leyes penales de difamación con el derecho a la libertad de expresión.
La criminalización de la difamación es una respuesta desproporcionada e innecesaria a la necesidad de proteger reputaciones. Las leyes civiles de difamación proporcionan una reparación suficiente para todos aquellos que reclaman haber sido difamados. Además, no debería haber responsabilidad a menos que el demandado actúe con desprecio por la verdad. Las leyes de difamación civil no deberían proporcionar una protección especial para las figuras públicas. En casos de interés público, es necesario que los demandantes demuestren que la información difamatoria es falsa. Cualquier reparación ordenada en casos civiles debería ser proporcional al daño causado demostrable.
Prometemos trabajar por la completa eliminación de las leyes penales de difamación en el hemisferio y apoyar y defender a los periodistas procesados bajos las leyes de difamación penal existentes.
Ratificado por:
Comité para la Protección de los Periodistas
Artículo 19
World Press Freedom Committee
Open Society Institute Justice Initiative
Colegio de Periodistas de Costa Rica
Centro para la Justicia y el Derecho Internacional
La Nación de San José, Costa Rica