17 de junio de 1999
Su Excelencia Eduardo Frei Ruiz-Tagle
Presidente de la República de Chile
Palacio de la Moneda
Santiago, CHILE
Su Excelencia,
El Comité para la Protección de Periodistas (CPJ) condena enérgicamente el arresto y procesamiento de Bartolo Ortiz, gerente general de Editorial Planeta y de Carlos Orellana, editor general de Planeta. Ortíz y Orellana efrentan cargos for infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado como responsables por la publicación de El libro negro de la justicia chilena, escrito por la periodista Alejandra Matus.
En una carta enviada el 22 de abril de 1999, expresamos nuestro profundo desacuerdo con el procesamiento de Alejandra Matus y la confiscación de su libro. Como es sabido, el miembro de la Corte Suprema, juez Servando Jordán, presentó un recurso legal ante la Corte de Apelaciones invocando el artículo 6b de la Ley de Seguridad Interior del Estado contra los responsables de la publicación del libro. Dicho artículo establece como acto criminal el insultar a altas autoridades de la nación. El 14 de abril, el juez Rafael Huerta, de la Corte de Apelaciones, inició un proceso contra Matus y ordenó la confiscación de todos los ejemplares del libro. El 16 de junio, el juez Huerta ordenó el procesamiento y arresto de Ortiz y de Orellana. Y aunque el juez también determinó el monto de la fianza para su liberación, Ortiz y Orellana pasaron la noche detenidos esperando que la Corte de Apelaciones autorizara la fianza determinada por Huerta.
Como indicamos en nuestra carta anterior, el CPJ considera que estas acciones son un grave ataque a la libertad de prensa. La decisión del juez Huerta viola el artículo 19, inciso 12, de la Constitución de Chile que garantiza el derecho a emitir opinión e informar, sin censura previa. El CPJ cree que la libertad de expresión garantizada en la Constitución debe tomar precedencia sobre la Ley de Seguridad Interior del Estado.
La Ley de Seguridad Interior del Estado contradice en esencia lo expresado en el Artículo 19, inciso 2 de la Constitución que establece que en Chile no hay persona ni grupos privilegiados. El CPJ tiene una historia de compromiso con periodistas que denuncian abusos y corrupción en aras de contribuir a que los gobiernos sean más responsables hacia sus mandantes. La Ley de Seguridad Interior del Estado de Chile representa un obstáculo para el desarrollo de un ambiente donde pueda existir una prensa libre con fuertes valores éticos.
El Artículo 19, inciso 4, de la Constitución garantiza el respeto a la protección de la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia. En CPJ estamos convencidos que la libertad de expresión debe ser acompañada de mecanismos legales que permitan la defensa de la integridad de las personas. No obstante, la Ley de Seguridad Interior del Estado no ayuda a lograr dicha protección pues sólo protege a las máximas autoridades del país. Creemos que el Ministro Jordan, así como cualquier otro chileno que sienta que su integridad ha sido injustamente dañada, debiera tener acceso a mecanismos legales de permitan hacer efectivo lo establecido en el Artículo 19, inciso 4.
El arresto de los dos ejecutivos de la Editorial Planeta tambi&eaacute;n viola el Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Como es sabido, ésta no es la primera ocasión en que se utiliza la Ley de Seguridad Interior del Estado para justificar la confiscación de un libro. En el caso de Martorell v. Chile (Caso 11,230), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos determinó que la decisión de la Corte Suprema de Chile en 1993 de prohibir la distribución del libro Inmunidad Diplomática de Francisco Martorell constituyó una censura injustificada y una violación del Artículo 13.
El CPJ cree que los periodistas deberían tener absoluta libertad para reportar y publicar libros sobre sus investigaciones al gobierno, en particular aquellas que tienen relación con funcionarios públicos involucrados en casos de corrupción y otras ilegalidades. Una debate público fortalecido e informado ayudará a que los funcionarios públicos respondan a las críticas. Al convertir la crítica a los funcionarios públicos en un crimen contra el estado, la Ley de Seguridad Interior del Estado tiene un efecto disuasivo negativo en la libertad de prensa en Chile y constituye un obstáculo al desarrollo democrático de Chile. Creemos que usted concuerda con nuestra visión.
Por lo tanto, le solicitamos que usted declare abierta y públicamente su posición sobre la libertad de expresión en Chile y sobre los artículos de la Ley de Seguridad Interior del Estado que convierten la crítica a los funcionarios públicos en un delito y que permiten la confiscación de las publicaciones. Creemos que dicha Ley es un obstáculo en el proceso de consolidación democrática de Chile y creemos que la comunidad internacional debe saber la posición de su gobierno sobre el asunto y los planes inmediatos que su gobierno tiene para consolidar el ejercicio de la libertad de expresión en Chile y para garantizar a los cuidadanos que el Artículo 19, inciso 2, efectivamente garantiza a los periodistas chilenos el derecho a reportar sobre los hechos y posibles actos ilegales de los funcionarios públicos.
Atentamente,
Ann K. Cooper
Directora Ejecutiva
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Su Excelencia Eduardo Frei Ruiz-Tagle
Presidente de la República de Chile
Palacio de la Moneda
Santiago, CHILE